1.4 Código de conducta
Todos los adultos que trabajen con los alumnos o estén en contacto con ellos deben respetar los límites profesionales y actuar de manera que se promueva la seguridad y el bienestar de los alumnos en todo momento.
El personal y los demás adultos que trabajen con los alumnos deben:
- Trata a todos los alumnos con dignidad y respeto.
- Reconozca que los adultos que trabajan con estudiantes ocupan un puesto de confianza.
- Actúen como modelos positivos a seguir y mantengan un comportamiento profesional en todo momento.
- Evita el contacto físico inapropiado o cualquier comportamiento que pueda malinterpretarse.
- Mantenga unos límites profesionales adecuados y evite entablar relaciones personales con los alumnos.
- Utilice un lenguaje y un comportamiento adecuados en todas sus interacciones con los alumnos.
- Asegúrese de que toda comunicación con los estudiantes se realice a través de los canales autorizados y de conformidad con las directrices de la organización.
- En la medida de lo posible, evite las situaciones en las que se quede a solas con un alumno en espacios cerrados.
- Respete la privacidad de los estudiantes, particularmente en entornos de alojamiento.
- Comunique inmediatamente cualquier inquietud relacionada con la protección de menores al responsable designado de protección de menores.
Los adultos que trabajan con estudiantes no deben mantener ningún tipo de relación o comportamiento inapropiado que pueda poner en riesgo a los estudiantes. Según el artículo 16 de la Ley de Delitos Sexuales de 2003, constituye un delito que un adulto en una posición de confianza mantenga relaciones sexuales con una persona menor de 18 años. Esto se aplica incluso si la relación es consentida e incluso si el adulto no es el profesor directo del menor. Las políticas de conducta del personal deben reflejar este requisito.
Se prohíben expresamente todas las formas de acoso y conducta sexual inapropiada, incluido el acoso sexual, la violencia sexual y el intercambio no consentido de imágenes desnudas o semidesnudas, y se tratarán como asuntos disciplinarios y de protección graves. El marco completo del Grupo para la prevención y respuesta al acoso y la conducta sexual inapropiada, incluidas las vías de denuncia, el apoyo disponible, los procedimientos de investigación y las definiciones de consentimiento y conducta inapropiada, se expone en el Política y procedimientos sobre acoso y conducta sexual inapropiada entre estudiantes (versión 1.1, revisada en junio de 2025). Se espera que todo el personal y los estudiantes estén familiarizados con dicha política. Cuando una situación de preocupación afecte a un estudiante menor de 18 años o a un adulto vulnerable, las obligaciones de protección previstas en esta política tendrán prioridad y se deberá informar de inmediato al DSL.
2. Funciones y responsabilidades
La protección es responsabilidad de todos los que trabajan dentro de Malvern International PLC y sus subsidiarias. Todos los empleados y las personas que trabajan en nombre de la organización ocupan puestos de confianza y deben actuar de manera que promueva la seguridad y el bienestar de los estudiantes.
La organización cuenta con una estructura de gobernanza clara en materia de protección para garantizar que las responsabilidades relacionadas con la protección y el programa «Prevent» se gestionen de manera eficaz en todas sus operaciones. Esta estructura garantiza que los problemas relacionados con la protección puedan identificarse, notificarse y remitirse a las instancias superiores de manera adecuada.
De conformidad con las secciones 157 y 175 de la Ley de Educación de 2002, y como escuela independiente, Malvern International PLC tiene el deber de salvaguardar y promover el bienestar de los niños. Esta política cumple con ese deber y refleja los requisitos de KCSIE de septiembre de 2025.
2.1 Junta Directiva y patrocinador ejecutivo
La Junta Ejecutiva del PLC Malvern International tiene la responsabilidad general de garantizar que se dispongan de las medidas de protección adecuadas en toda la organización.
La supervisión ejecutiva de las responsabilidades en materia de protección y del programa «Prevent» se delega en el director de operaciones (COO), quien actúa como patrocinador ejecutivo de la protección.
El director de operaciones es responsable de:
- proporcionar liderazgo ejecutivo en materia de protección y cumplimiento de la normativa Prevent
- garantizar que se apliquen las políticas y los procedimientos de protección en todo el Grupo
- garantizar que se asignen los recursos adecuados a las medidas de protección
- recibir informes sobre el desempeño en materia de protección y los incidentes significativos
- garantizar que la gobernanza de la protección esté en consonancia con los marcos de gestión de riesgos de la organización.
2.2 Coordinador de protección y prevención del grupo
El coordinador de protección y prevención del Grupo ayuda a la organización a coordinar las medidas de protección en todos los centros y divisiones operativas.
Las responsabilidades incluyen:
- apoyar la implementación de la Política de Protección y Prevención del Grupo
- ofrecer orientación y apoyo a los responsables designados de protección infantil (DSL)
- seguimiento de las tendencias y preocupaciones en materia de protección en todos los centros
- apoyar actividades de capacitación y sensibilización en materia de protección
- colaborar en auditorías de protección, revisiones de cumplimiento y elaboración de informes
- apoyar la gestión de los registros y la documentación relacionados con la protección de menores.
2.3 Responsables designados de protección infantil (DSL)
Cada centro o división operativa designa a un responsable designado de protección (DSL), quien se encarga de los asuntos relacionados con la protección y el programa «Prevent» dentro de su ámbito de competencia.
De conformidad con KCSIE 2025 (párrafo 102), el DSL debe ser un miembro apropiado del personal directivo del equipo de liderazgo. Las responsabilidades de protección del DSL, incluida la responsabilidad principal de la seguridad en línea y la comprensión de los sistemas de filtrado y monitorización de la organización, deben figurar explícitamente en su descripción de puesto. El propietario no debe ser nombrado DSL.
El DSL actúa como punto de contacto principal para cuestiones relacionadas con la protección de menores y es responsable de:
- recibir y responder a las denuncias o inquietudes relacionadas con la protección de menores
- garantizar que se sigan los procedimientos de protección
- mantener expedientes de protección infantil para cada alumno, separados del expediente académico principal, y garantizar que los registros de protección sean precisos, seguros y completos
- derivando a los organismos externos pertinentes cuando sea necesario
- brindar asesoramiento y orientación al personal sobre cuestiones relacionadas con la protección de menores
- ayudar al personal a abordar las preocupaciones relacionadas con la protección de menores
- mantener la coordinación con las instituciones asociadas cuyos programas se imparten en las instalaciones de la universidad
- garantizar que, cuando un alumno se cambie a otra escuela o centro educativo, el expediente de protección infantil se transfiera al DSL receptor en un plazo de 5 días hábiles en el caso de un cambio durante el año escolar, o en los primeros 5 días del inicio de un nuevo trimestre, y se envíe por separado del expediente principal del alumno
- asumiendo la responsabilidad principal de la seguridad en línea, incluida la comprensión y supervisión de los sistemas de filtrado y monitoreo de la organización, de acuerdo con KCSIE 2025.
Se pueden nombrar responsables adjuntos de protección infantil para que presten apoyo y sustituyan al responsable principal cuando este no esté disponible.
Todo suplente del DSL debe recibir la misma formación que el DSL. Los suplentes deben poder actuar con plena autoridad en nombre del DSL en caso de que este se ausente.
Denuncias relacionadas con el DSL o el DSL adjunto: Cuando se presente una denuncia contra el DSL o el DSL adjunto, esta deberá remitirse al patrocinador ejecutivo (COO) y se deberá contactar al funcionario designado por la autoridad local (LADO) en el plazo de un día hábil. Cuando la denuncia se refiera al único propietario, deberá comunicarse directamente al LADO sin involucrar al propietario. Bajo ninguna circunstancia el objeto de la denuncia deberá participar en su gestión o investigación.
2.4 Alta dirección y liderazgo del centro
Los directores de centro, los responsables académicos y otros altos cargos son responsables de aplicar los procedimientos de protección en sus áreas de competencia.
Entre sus responsabilidades se incluyen:
- Asegurarse de que el personal comprenda y siga los procedimientos de protección.
- Asegurarse de que se proporcione a los estudiantes información sobre la protección de menores durante la orientación.
- Apoyar al DSL en la gestión de cuestiones relacionadas con la protección de menores.
- Garantizar que se disponga de medidas adecuadas de supervisión y bienestar para los estudiantes, en particular para los menores de 18 años.
- Colaborar con instituciones asociadas en las que los programas se imparten en instalaciones externas.
- Promover una cultura de protección en la que se puedan plantear las inquietudes y abordarlas de manera adecuada.
Denuncias que afecten al director o al director del centro: Cuando se presente una denuncia contra el director o el director del centro, esta deberá remitirse al patrocinador ejecutivo (COO) y se deberá contactar al funcionario designado por la autoridad local (LADO) en el plazo de un día hábil. Cuando la denuncia afecte al único propietario, deberá comunicarse directamente al LADO sin involucrar al propietario. Bajo ninguna circunstancia el objeto de la denuncia deberá participar en su gestión o investigación.
2.5 Todo el personal, los voluntarios, los contratistas y los trabajadores de agencias
Todas las personas que trabajan en nombre del Grupo comparten la responsabilidad de velar por la seguridad de los estudiantes.
Todo el personal debe:
- Familiarizarse con esta política y comprender sus responsabilidades en materia de protección.
- He leído y comprendido la Primera Parte (o el Anexo A, según corresponda) del KCSIE de septiembre de 2025, que se entrega durante la orientación y se actualiza anualmente.
- Manténgase atento a posibles indicios de maltrato, daños o problemas relacionados con el bienestar.
- Siga el Código de Conducta del Grupo cuando interactúe con los estudiantes.
- Comunique inmediatamente cualquier inquietud relacionada con la protección de menores al responsable de protección de menores (DSL) o a su adjunto.
- Registre las inquietudes relacionadas con la protección de menores de manera precisa y oportuna, de acuerdo con los procedimientos de notificación.
- Participar en cursos de formación y actualizaciones sobre protección infantil adecuados a su función.
3. Formación e iniciación
Malvern International PLC is committed to ensuring that all employees and individuals working with students have the knowledge and skills required to safeguard students effectively.
3.1 Capacitación de inducción (Nivel 1 – Todo el personal)
Todos los empleados, voluntarios, trabajadores temporales y contratistas pertinentes deben recibir capacitación en protección infantil de Nivel 1 como parte de su orientación inicial antes de trabajar con los alumnos.
Esta capacitación garantiza que el personal comprenda:
- La política de protección y prevención de la organización
- Sus responsabilidades en materia de protección personal
- La función del responsable designado de protección (DSL) y la identidad del DSL y sus suplentes
- Cómo identificar posibles situaciones de riesgo
- Cómo informar de inquietudes o revelaciones
- Límites y comportamiento profesionales adecuados al trabajar con estudiantes
Las personas que trabajen directamente con los alumnos deben recibir la Primera Parte o el Anexo A (una versión resumida) del documento «Keeping Children Safe in Education» (KCSIE), de septiembre de 2025, como parte de su formación inicial. Se debe conservar un registro de ello. El personal debe confirmar por escrito que ha leído y comprendido estas directrices.
3.2 Formación avanzada en protección infantil (Niveles 2-3)
El personal con responsabilidades específicas en materia de protección debe recibir una capacitación más avanzada en este ámbito, acorde con sus funciones.
Formación de nivel 2
Por lo general, se exige al personal que tiene responsabilidades importantes en materia de bienestar o que colabora en los procesos de protección.
Formación de nivel 3
Requisito para el responsable designado de protección infantil (DSL) y los responsables adjuntos (DSL). La capacitación de nivel 3 garantiza que los DSL sean capaces de gestionar las denuncias relacionadas con la protección infantil, remitir los casos, asesorar al personal, gestionar los registros y supervisar los procedimientos.
3.3 Requisitos de actualización y reciclaje
- La formación de nivel 1 debe renovarse al menos una vez al año.
- La capacitación en protección infantil de los niveles 2 y 3 debe actualizarse cada dos años o de acuerdo con las directrices sobre buenas prácticas.
- Es posible que se publiquen periódicamente actualizaciones adicionales sobre medidas de protección para reflejar los cambios en la legislación, las directrices o los riesgos emergentes.
Las actualizaciones de formación pueden abarcar áreas como:
- Explotación sexual infantil (CSE)
- Mutilación genital femenina (MGF)
- Prevenir los riesgos relacionados con el servicio y la radicalización
- Abuso entre iguales (de niño a niño)
- Seguridad en línea y protección digital
- Abuso por motivos de honor o matrimonio forzado
- La explotación infantil con fines delictivos (CCE) y las redes de tráfico de drogas interregionales
- Actos de violencia grave y delitos con arma blanca
- La información errónea, la desinformación y las teorías conspirativas como factores de riesgo (KCSIE 2025, párr. 135)
- Riesgos derivados de las herramientas de IA generativa y las plataformas en línea
- Protección de los alumnos con vulnerabilidades adicionales.
3.4 Seguridad en línea, filtrado y supervisión
Dado que el aprendizaje y la comunicación se desarrollan cada vez más a través de plataformas digitales, la protección también implica garantizar que los estudiantes estén a salvo de cualquier daño en Internet.
El Grupo implementará sistemas adecuados de filtrado y monitoreo donde sea relevante para ayudar a salvaguardar a los estudiantes al usar los sistemas y redes de la organización. De acuerdo con KCSIE 2025 (párrafo 143), los requisitos de filtrado y monitoreo se aplican al uso de herramientas de IA generativa en entornos educativos. El DSL tiene la responsabilidad principal de comprender y supervisar los arreglos de filtrado y monitoreo. El personal debe consultar la guía del DfE sobre el uso de IA generativa en la educación (2025) al utilizar herramientas de IA con o para estudiantes.
Los empleados deben asegurarse de que:
- La comunicación con los estudiantes se lleva a cabo a través de plataformas organizativas autorizadas
- En los entornos de enseñanza en línea se deben respetar los límites profesionales adecuados
- Cualquier inquietud relacionada con la protección de menores que surja a raíz de la interacción digital se notifica de acuerdo con los procedimientos de protección de menores.
3.5 Educación sobre relaciones, sexualidad y salud (RSHE)
El Ministerio de Educación publicó en julio de 2025 las directrices legales revisadas sobre RSHE, cuya aplicación comenzará en septiembre de 2026. Las escuelas y los institutos deben tener en cuenta este calendario y asegurarse de que el plan de estudios y las medidas de protección se actualicen en consecuencia cuando las nuevas directrices entren en vigor. El responsable de protección infantil (DSL) debe coordinarse con el director académico para garantizar que los contenidos de RSHE se ajusten a las prioridades en materia de protección infantil.
4. Contratación segura de empleados
Malvern International PLC is committed to implementing robust recruitment procedures to ensure that all employees and individuals working with students are suitable to do so.
4.1 Proceso de selección
Todas las actividades de contratación deben reflejar el compromiso del Grupo con la protección de menores. Durante el proceso de contratación:
- Es posible que se pida a los candidatos que expliquen cualquier interrupción en su historial laboral.
- Los candidatos deben presentar referencias adecuadas de empleadores anteriores.
- Se preguntará específicamente a los evaluadores si tienen alguna inquietud respecto al trabajo del candidato con niños o jóvenes.
- Se debe verificar la identidad y las titulaciones pertinentes.
- Cuando proceda, se podrá solicitar a los candidatos que rellenen una declaración de antecedentes penales.
Las ofertas de empleo están supeditadas a la superación satisfactoria de todas las comprobaciones necesarias.
4.2 Verificaciones de antecedentes penales, comprobaciones de inhabilitaciones y verificación de antecedentes
De conformidad con la KCSIE 2025 (Tercera Parte) y la Ley de Protección de Grupos Vulnerables de 2006, todas las verificaciones previas a la contratación requeridas deben completarse y registrarse en el Registro Central Único (SCR) antes de que la persona comience a trabajar. Se requieren las siguientes verificaciones:
- Verificación ampliada del Servicio de Divulgación y Exclusión (DBS): obligatoria para todo el personal que trabaje con niños en actividades reguladas
- Verificación de la Lista de Exclusión de Niños — esta es una verificación obligatoria SEPARADA, registrada como una entrada distinta en el SCR.
- Se exige la verificación de la ausencia de antecedentes penales a todo el personal docente
- Artículo 128: Se exige una verificación de antecedentes a todas las personas que ocupen puestos directivos en colegios privados. Esta verificación confirma que la persona en cuestión no tiene prohibido participar en la gestión de un colegio privado.
- Se requiere una verificación de antecedentes penales en el extranjero o un certificado de buena conducta para todo el personal que haya vivido o trabajado fuera del Reino Unido, independientemente de cuánto tiempo haya pasado. Se debe contactar a la embajada o autoridad gubernamental correspondiente de cada país de residencia. Esto debe quedar registrado en el SCR.
- Verificación del servicio de actualización de DBS, cuando corresponda
- Verificación del derecho al trabajo
- Verificación de identidad
- Verificación de cualificaciones (todos los puestos)
- Referencias: al menos dos, una de la empresa en la que haya trabajado más recientemente
Los empleados normalmente deben recibir autorizaciones satisfactorias antes de comenzar a trabajar. En circunstancias excepcionales donde un certificado DBS está pendiente, se debe realizar una evaluación de riesgos e implementar arreglos de supervisión apropiados hasta que se complete la verificación. La verificación de la lista de inhabilitados para trabajar con niños siempre debe completarse antes de que la persona comience a trabajar; no hay excepciones a este requisito.
Personal de agencias y subcontratado: Cuando el Grupo contrate a personal de agencias o subcontratado para trabajar con niños, la agencia deberá confirmar por escrito que se han llevado a cabo todas las verificaciones requeridas (incluido el certificado DBS ampliado con verificación de la lista de personas inhabilitadas), así como la fecha de dichas verificaciones. El Grupo deberá verificar esta confirmación y conservar pruebas escritas. El SCR deberá incluir un registro de todo el personal de agencias que trabaje con alumnos, incluido aquel contratado para un solo día.
Voluntarios y trabajadores temporales: Todos los voluntarios y trabajadores temporales que vayan a tener acceso sin supervisión a los alumnos deben someterse a todas las comprobaciones pertinentes antes de comenzar a trabajar. Se debe realizar una evaluación de riesgos para cualquier voluntario que trabaje bajo supervisión y para el que no se hayan completado las comprobaciones.
4.3 Registro central único (SCR)
La organización mantiene un Registro Central Único (SCR) de todas las verificaciones de reclutamiento y selección. El SCR debe incluir un registro de cada persona que trabaja en la organización, incluyendo empleados, personal de agencia, voluntarios y contratistas. El SCR debe registrar, para cada persona: verificación de identidad; fecha de verificación DBS mejorada (con lista de inhabilitados); fecha de verificación de la lista de inhabilitados para niños (registrada por separado); fecha de verificación de prohibición de enseñar; fecha de verificación de la Sección 128 (para roles de gestión); verificaciones en el extranjero (cuando corresponda); verificación del derecho a trabajar; verificación de cualificaciones; referencias recibidas. El SCR debe estar disponible para inspección en todo momento.
4.4 Procedimientos generales de recursos humanos
El Grupo cuenta con procedimientos de recursos humanos adecuados para respaldar la protección de los alumnos y garantizar la idoneidad continua del personal que trabaja con ellos. Estos procedimientos incluyen procesos de incorporación, un seguimiento continuo de la conducta profesional y procedimientos para informar sobre cualquier inquietud relacionada con el comportamiento del personal.
5. Matriculación y bienestar de los estudiantes
5.1 Inscripciones de particulares y grupos
En el caso de los estudiantes menores de 18 años, es necesario obtener el consentimiento por escrito de los padres o tutores antes de la inscripción. Los padres o tutores deben proporcionar los datos de contacto de emergencia. Se debe comunicar cualquier información relativa a afecciones médicas, alergias o necesidades de apoyo adicionales cuando sea pertinente.
De conformidad con el KCSIE 2025 (párrafo 101), la organización dispondrá, siempre que sea razonablemente posible, de más de un número de contacto de emergencia para cada alumno. Esto es especialmente importante en el caso de los alumnos menores de 18 años y ofrece opciones adicionales para ponerse en contacto con un adulto responsable en caso de que un alumno falte a clase y surja alguna preocupación relacionada con su bienestar o su protección.
Cuando los estudiantes se inscriban como parte de grupos organizados, se mantendrá la comunicación adecuada con el líder del grupo u organización responsable para garantizar que se comprendan claramente las responsabilidades en materia de protección.
5.1.1 Disposiciones de protección diferenciadas por edad
Malvern International PLC reconoce que, si bien todos los estudiantes menores de 18 años son considerados niños ante la ley y gozan de plenas protecciones de salvaguarda bajo esta política, la aplicación práctica de dichas protecciones debe ser proporcional a la edad y madurez del estudiante individual. En particular, los estudiantes de 16 años requieren una capa adicional de supervisión activa y participación de los padres o tutores en comparación con los estudiantes de 17 años. Esta distinción se refleja en las disposiciones que se detallan a continuación y debe aplicarse de manera coherente en todos los centros.
Estudiantes de 16 años
Los estudiantes de 16 años están sujetos a las siguientes disposiciones obligatorias, además de todas las medidas de protección habituales aplicables a los menores de 18 años:
- Es necesario obtener el consentimiento por escrito de los padres o tutores antes de la inscripción, antes de cualquier cambio en las condiciones de alojamiento y antes de participar en cualquier actividad fuera del centro que implique pernoctar o que tenga una duración prolongada.
- Se debe identificar a un padre, tutor o adulto responsable con nombre para cada estudiante de 16 años y sus datos de contacto deben registrarse al momento de la inscripción. Se debe notificar de inmediato a este contacto en cualquiera de las siguientes circunstancias: ausencia inexplicable; preocupación por el bienestar; remisión para protección; incidente médico; cualquier cambio en los arreglos de alojamiento o supervisión del estudiante; o cualquier situación en la que el DSL considere apropiada la notificación.
- Se debe intentar contactar al padre, madre, tutor o adulto responsable designado, y se debe documentar el resultado en un plazo de 24 horas desde que se produzca cualquiera de las circunstancias mencionadas anteriormente. Se debe informar al DSL si no se logra establecer contacto dentro de ese plazo.
- Cuando un estudiante de 16 años se aloje en una familia de acogida durante un período de 28 días o más, se deberá notificar este arreglo a la autoridad local, de conformidad con la norma KCSIE 2025 (Anexo D). El DSL es responsable de identificar dichos arreglos y de garantizar que se realice la notificación.
- Los índices de supervisión para las actividades fuera del centro y las actividades sociales deben ajustarse a la edad del grupo. Cuando un grupo incluya alumnos de 16 años, la proporción entre el personal de supervisión y los alumnos no debe ser inferior a [1:15], y se debe realizar una evaluación de riesgos que deberá ser aprobada por el DSL o un directivo de alto rango antes de que se lleve a cabo la actividad.
- Los alumnos de 16 años deben tener asignada una persona de contacto específica en su centro y deben saber cómo comunicarse con ella en todo momento, incluso fuera del horario lectivo.
Estudiantes de 17 años
Los estudiantes de 17 años están sujetos a todas las medidas de protección habituales aplicables a los menores de 18 años. Si bien se reconoce que a este grupo de edad le corresponde un mayor grado de independencia, se aplican las siguientes disposiciones:
- Antes de la inscripción, es necesario obtener el consentimiento por escrito de los padres o tutores.
- Se deben registrar y mantener actualizados los datos de contacto de emergencia de un padre, tutor o adulto responsable.
- El DSL debe usar su criterio profesional al decidir si notificar a un padre o tutor en relación con una preocupación de bienestar que involucre a un estudiante de 17 años, otorgando el peso apropiado a los deseos del estudiante mientras se prioriza su seguridad y bienestar. Cuando se realice una derivación de protección a una agencia externa, normalmente se deberá informar al padre o tutor, a menos que hacerlo ponga al estudiante en mayor riesgo.
- Los estudiantes de 17 años deben tener asignada una persona de contacto específica en su centro.
Principio general
Donde exista alguna duda sobre si una situación justifica la notificación a los padres o tutores, la presunción siempre debe ser a favor de la notificación, especialmente para los estudiantes de 16 años. El personal nunca debe permitir que las preocupaciones sobre inconvenientes, la reacción potencial de los padres o la solicitud de privacidad del estudiante anulen su deber de protección. La decisión del DSL sobre la notificación debe documentarse, incluso cuando se tome la decisión de no notificar.
5.2 Alojamiento y organización de estancias en familias
Cuando el Grupo se encarga de organizar el alojamiento, se adoptan las medidas adecuadas para garantizar que los proveedores de alojamiento ofrezcan entornos seguros y adecuados para los estudiantes. Esto puede incluir la evaluación y aprobación de los proveedores de alojamiento, la verificación de antecedentes cuando sea necesario, la orientación a los anfitriones sobre las expectativas en materia de protección, y la garantía de que los anfitriones comprendan sus responsabilidades al alojar a estudiantes menores de 18 años.
5.3 Traslados al aeropuerto y desplazamientos
Cuando se presten servicios de traslado desde el aeropuerto a estudiantes menores de 18 años, se deberán confirmar con antelación las medidas pertinentes. Los conductores o representantes deberán identificarse debidamente. Se deberán establecer procedimientos claros para gestionar retrasos, conexiones perdidas o imprevistos.
5.4 Seguimiento del bienestar de los estudiantes
Malvern International PLC provides pastoral and welfare support to all students throughout their programme of study. All staff have a responsibility to remain alert to welfare concerns and to report them promptly to the Designated Safeguarding Lead (DSL).
El personal puede supervisar el bienestar de los estudiantes mediante un contacto regular durante las clases o actividades, reuniones individuales cuando sea necesario, la observación de cambios en el comportamiento o la apariencia, y la comunicación con los proveedores de alojamiento o las familias de acogida, según corresponda. Cualquier preocupación relacionada con el bienestar, por insignificante que parezca, debe comunicarse al DSL, en lugar de que la gestione de forma independiente el miembro del personal que la haya detectado.
Cuando una situación que suscite preocupación por el bienestar de un alumno menor de 18 años, el DSL deberá evaluar la situación y determinar el nivel de respuesta adecuado. Al hacerlo, el DSL deberá tener en cuenta la edad del alumno, de conformidad con la sección 5.1A de esta política.
Estudiantes de 16 años: disposiciones adicionales sobre el seguimiento del bienestar
Para los estudiantes de 16 años, se aplican las siguientes medidas reforzadas de seguimiento del bienestar:
- Los controles de bienestar deben realizarse a intervalos regulares durante el programa del estudiante. La frecuencia de estos controles debe documentarse al matricularse y no debe ser menor a una vez por semana durante el período lectivo.
- Cualquier cambio en el comportamiento, estado de ánimo, presentación o compromiso que genere preocupación debe ser reportado al DSL el mismo día en que se observa. El DSL debe considerar si se debe contactar al padre, tutor o adulto responsable del estudiante según la Sección 5.1A.
- Donde un estudiante de 16 años se aloja en una familia anfitriona, el DSL o un oficial de bienestar designado debe mantener contacto regular con el proveedor del alojamiento para confirmar el bienestar del estudiante. Cualquier inquietud planteada por el proveedor del alojamiento debe tratarse como una inquietud de protección y escalarse según corresponda.
- Cuando una preocupación de bienestar no pueda resolverse a través del apoyo interno, o cuando el bienestar del estudiante parezca estar deteriorándose, el DSL deberá considerar si es apropiada una derivación de ayuda temprana o una derivación a servicios de protección infantil, y deberá notificar al padre, tutor o adulto responsable del estudiante, a menos que hacerlo ponga al estudiante en mayor riesgo.
Estudiantes de 17 años
Para los estudiantes de 17 años, el seguimiento del bienestar sigue las disposiciones estándar establecidas anteriormente. El DSL debe usar su juicio profesional para determinar el nivel de participación de los padres o tutores apropiado para la preocupación específica, dando el peso adecuado a las opiniones del propio estudiante mientras se prioriza su seguridad y bienestar.
Todos los estudiantes menores de 18 años
Todas las cuestiones de bienestar que involucren a estudiantes menores de 18 años deberán registrarse en el expediente de protección infantil del estudiante de conformidad con la Sección 10 de esta política, independientemente de si se realiza una remisión formal. El registro deberá incluir la naturaleza de la preocupación, la acción tomada y las razones de cualquier decisión tomada, incluidas las decisiones de no escalar o de notificar a un padre o tutor.
5.5 Procedimientos de asistencia y ausencias
Se lleva un control de la asistencia de todos los estudiantes para garantizar su compromiso continuo con los estudios e identificar posibles problemas de bienestar lo antes posible. La organización cumple con su obligación de notificar a UKVI las ausencias de los estudiantes, de conformidad con los requisitos de la licencia de patrocinador.
Cuando un estudiante no asista a clase sin previo aviso ni justificación, se deberán seguir los siguientes pasos:
- Se deben realizar todos los esfuerzos razonables para contactar directamente con el estudiante utilizando los datos de contacto que figuran en el expediente.
- Si no es posible contactar con el estudiante en un plazo razonable, se deberá contactar con el proveedor del alojamiento, el anfitrión de la familia de acogida o el líder del grupo, según corresponda.
- Se debe iniciar una verificación de bienestar cuando las circunstancias sobre el paradero del estudiante sigan siendo desconocidas o cuando las circunstancias de la ausencia generen preocupación.
- Se deben documentar todos los intentos de contacto y los resultados de dichos intentos.
Estudiantes de 16 años: disposiciones adicionales sobre ausencias
En el caso de los estudiantes de 16 años, una ausencia injustificada da lugar a medidas adicionales obligatorias, además de las establecidas anteriormente:
- Cualquier ausencia sin justificación debe considerarse desde el principio como un posible caso de riesgo para la seguridad del menor y comunicarse al DSL inmediatamente el mismo día en que se detecte la ausencia.
- El DSL deberá asegurarse de que se contacte al padre, tutor o adulto responsable nombrado del estudiante dentro de las 24 horas posteriores a una ausencia injustificada, de acuerdo con la Sección 5.1A. El resultado de dicho contacto deberá documentarse. Si no se puede establecer contacto con el padre o tutor, el DSL deberá escalar el asunto sin demora.
- Cuando un estudiante de 16 años está ausente y sus paraderos son desconocidos tras intentos razonables de localizarlo, el DSL (Designated Safeguarding Lead) debe considerar si se requiere una remisión a servicios de protección infantil o a la policía. Esta evaluación debe realizarse a la brevedad y no debe posponerse a la espera de más información.
- La UKVI debe ser notificada de cualquier ausencia de acuerdo con las obligaciones de la licencia de patrocinador de la organización, y esto debe quedar registrado.
Estudiantes de 17 años
Para los estudiantes de 17 años, la ausencia injustificada debe ser reportada al DSL el mismo día. El DSL debe usar su criterio profesional para determinar si la notificación a los padres o tutores es apropiada, teniendo en cuenta las circunstancias del estudiante, la naturaleza de la ausencia y cualquier preocupación previa sobre su bienestar. Cuando haya alguna duda, la presunción siempre estará a favor de la notificación y la escalada.
Todos los estudiantes menores de 18 años
Cuando se identifique un patrón de ausencias, el DSL deberá considerar si esto indica un riesgo más amplio para el bienestar o la protección del menor y si es apropiado realizar una evaluación de ayuda temprana o una remisión a servicios estatutarios. Todas las acciones de protección relacionadas con las ausencias deberán registrarse en el expediente de protección infantil del estudiante, de conformidad con la Sección 10.
5.6 Actividades sociales, alcohol, tabaco y supervisión
El Grupo podrá organizar actividades sociales y extracurriculares como parte de la experiencia cultural y de aprendizaje de los estudiantes. Cuando participen estudiantes menores de 18 años, se deberán mantener las proporciones adecuadas de supervisión, se deberán realizar evaluaciones de riesgos y el personal encargado de supervisar las actividades deberá ser consciente de sus responsabilidades en materia de protección de menores. Los estudiantes menores de 18 años deberán cumplir con la legislación vigente en materia de alcohol, tabaco y otras sustancias controladas.
6. Medidas de seguridad y conducta
6.1 La enseñanza y las interacciones en el aula
El personal docente debe garantizar un ambiente seguro y respetuoso en el aula, en el que los alumnos se sientan apoyados y protegidos. El personal debe tratar a todos los alumnos con dignidad y respeto, mantener los límites profesionales, evitar en la medida de lo posible situaciones en las que se encuentre a solas con un alumno en espacios cerrados, y llamar la atención sobre cualquier comportamiento o lenguaje inapropiado.
6.2 Comunicación con los estudiantes
La comunicación entre el personal y los estudiantes debe ser profesional y adecuada en todo momento. El personal debe utilizar los canales de comunicación aprobados por la organización, evitar compartir datos de contacto personales con los estudiantes, salvo que sea necesario por motivos operativos legítimos, y evitar mantener comunicaciones privadas o secretas con los estudiantes.
6.3 Seguridad en la obra
El Grupo cuenta con procedimientos para garantizar que los entornos educativos y operativos sean seguros para los estudiantes, el personal y los visitantes. Las medidas de seguridad pueden incluir la supervisión de los estudiantes durante las actividades organizadas, los procedimientos de gestión de visitantes, el acceso seguro a los edificios e instalaciones, y la notificación de riesgos o incidentes.
6.4 Conducta en línea y seguridad digital
El Grupo reconoce que las tecnologías digitales son una parte integral de la enseñanza y la comunicación. Por lo tanto, la protección se extiende a los entornos en línea en los que los estudiantes pueden interactuar con el personal o acceder a contenidos educativos.
Los riesgos emergentes asociados a las tecnologías de inteligencia artificial, las plataformas en línea y la manipulación digital se reconocen como parte del panorama cambiante de la protección infantil y se abordarán mediante la capacitación del personal y las directrices de protección. El personal debe estar al tanto de las directrices del Departamento de Educación (DfE) sobre el uso de la IA generativa en la educación (2025). Las inquietudes relacionadas con el contacto en línea con niños, incluida la explotación sexual infantil en línea, deben remitirse a CEOP Education (anteriormente Thinkuknow, ahora CEOP Education tras el cambio de marca por parte de la Agencia Nacional contra el Crimen) en www.ceopeducation.co.uk.
6.5 Sistemas de filtrado y monitoreo
Donde los sistemas digitales organizacionales son utilizados por los estudiantes, el Grupo implementa medidas apropiadas de filtrado y monitoreo diseñadas para ayudar a proteger a los estudiantes de contenido en línea dañino o inapropiado. De acuerdo con KCSIE 2025, estos sistemas deben cubrir el uso de herramientas de IA generativa cuando estas se acceden a través de las redes organizacionales. El DSL es responsable de asegurar que los arreglos de filtrado y monitoreo estén implementados, entendidos y revisados regularmente. Las escuelas y colegios pueden usar el servicio ‘Plan Technology for your school’ (Planifica la tecnología para tu escuela) del DfE para autoevaluarse frente a los estándares de filtrado y monitoreo.
6.6 Apoyo a los estudiantes que se cuestionan su identidad de género
El Grupo reconoce que algunos alumnos pueden estar explorando cuestiones relacionadas con la identidad o la expresión de género. El personal debe asegurarse de que todos los alumnos sean tratados con respeto y sensibilidad, y de que se les brinde apoyo de una manera que priorice su bienestar y seguridad. En caso de que surjan inquietudes relacionadas con la protección del bienestar de un alumno, el asunto deberá remitirse al DSL. El DfE ha indicado que, a su debido tiempo, se publicarán directrices legales revisadas sobre los niños que se cuestionan su género. Esta sección se actualizará de acuerdo con cualquier nueva directriz cuando se publique, tal como se indica en KCSIE 2025.
7. Obligación de prevención y extremismo
Malvern International La Policía Metropolitana reconoce su responsabilidad, en virtud de la Ley de Contraterrorismo y Seguridad de 2015, de tener la debida consideración a la necesidad de evitar que personas se vean influenciadas por el terrorismo. La radicalización puede producirse a través de muchas formas de contacto, incluida la interacción en línea, las redes sociales, la influencia de compañeros o la exposición a ideologías extremistas.
El personal también debe tener en cuenta que la información errónea, la desinformación y las teorías conspirativas se consideran riesgos para la seguridad en el KCSIE 2025 (párrafo 135) y pueden contribuir al proceso de radicalización. En caso de que se detecte que algún alumno está interactuando con contenidos de esta índole o promoviéndolos, se deberá informar al DSL.
7.1 Identificación y prevención de la radicalización
Aunque no existe un único indicador de radicalización, el personal debe estar atento a posibles señales como:
- cambios significativos en el comportamiento, las creencias o las actitudes
- manifestaciones de opiniones extremistas o de intolerancia
- acceso a materiales extremistas o contenidos en línea
- aislamiento de los compañeros o de las redes de apoyo
- intentos de imponer opiniones extremistas a los demás.
- la participación en la difusión o la promoción de información errónea, desinformación o teorías conspirativas
El personal debe abordar las inquietudes con sensibilidad y evitar hacer suposiciones sobre las personas basándose en sus antecedentes, creencias o características personales.
7.2 Notificación de posibles problemas
Cualquier preocupación respecto a que un estudiante pueda ser vulnerable a la radicalización o a la influencia extremista debe comunicarse de inmediato al DSL. El DSL evaluará la información y determinará las medidas más adecuadas, lo que puede incluir la derivación a organismos externos pertinentes, incluidos los socios de Prevent. Todas las inquietudes relacionadas con Prevent deben registrarse de conformidad con los procedimientos de mantenimiento de registros de protección.
8. Formas de abuso y daño
8.1 Definición de abuso
El abuso es una forma de maltrato que causa daño o supone un riesgo de daño a un niño o a un adulto vulnerable. El abuso puede darse como un incidente aislado o como un patrón de comportamiento a lo largo del tiempo. Puede implicar el uso indebido del poder, la autoridad o la confianza.
8.2 Cómo reconocer los signos de maltrato
Algunos indicadores pueden ser: lesiones o daños físicos inexplicables; cambios repentinos en el comportamiento, el estado de ánimo o la personalidad; aislamiento social; manifestaciones de miedo, angustia o ansiedad; comportamiento o conocimientos de carácter sexual inapropiados; ausencias persistentes; signos de abandono o falta de cuidados.
8.3 Tipos de abuso
Maltrato físico
El maltrato físico consiste en causar deliberadamente daño físico a una persona.
Abuso emocional
El abuso emocional consiste en un comportamiento persistente que perjudica el bienestar emocional o la autoestima de una persona. Esto puede incluir intimidación, humillación, amenazas, acoso o comportamientos controladores.
Abuso sexual
El abuso sexual consiste en obligar o incitar a una persona a participar en actividades sexuales sin su consentimiento. Esto puede incluir tocamientos inapropiados, explotación sexual, captación de menores con fines sexuales o exposición a material sexual.
Para consultar el marco normativo completo que regula la denuncia y la investigación de casos de conducta sexual inapropiada y acoso entre estudiantes, o entre estudiantes y personal, véase la Política y los procedimientos sobre acoso y conducta sexual inapropiada entre estudiantes.
Descuido
Se produce negligencia cuando no se satisfacen adecuadamente las necesidades físicas o emocionales básicas de una persona.
Riesgos adicionales en materia de protección
Además de las principales categorías de abuso, las preocupaciones en materia de protección también pueden incluir:
- Explotación sexual infantil (CSE)
- Explotación infantil con fines delictivos (CCE)
- Mutilación genital femenina (MGF)
- Matrimonio forzado o violencia por motivos de honor
- Acoso escolar y ciberacoso
- Abuso entre iguales (de niño a niño)
- Acoso sexual o explotación
- Abuso o explotación en línea
- Comportamiento controlador o coercitivo
- Violencia grave, incluidos los delitos con arma blanca y la violencia juvenil relacionada con las redes de tráfico de drogas interregionales (KCSIE 2025)
- La información errónea, la desinformación y las teorías conspirativas como factores de riesgo (KCSIE 2025, párr. 135)
- Upskirting: un delito tipificado en la Ley de 2019 sobre el voyeurismo (delitos)
- Difusión consensuada y no consensuada de imágenes y/o vídeos de desnudos y semidesnudos (también conocida como «sexting» o «imágenes sexuales producidas por jóvenes») — KCSIE 2025
- Violencia y rituales de iniciación o novatadas, incluidos aquellos que implican un componente en línea — KCSIE 2025
Donde existan preocupaciones sobre los pensamientos o comportamientos sexuales de un joven, el personal puede derivarlo al servicio Shore Space de la Fundación Lucy Faithfull (www.shorespace.org.uk), que ofrece apoyo confidencial a jóvenes preocupados por sus propios pensamientos y comportamientos sexuales o los de otras personas (KCSIE 2025, Anexo B).
Abuso entre compañeros
Pueden surgir preocupaciones en materia de protección cuando se producen situaciones de daño entre los alumnos. El maltrato entre compañeros puede incluir el acoso escolar, el acoso, el acoso sexual, la violencia sexual u otros comportamientos dañinos. Estos comportamientos deben tomarse siempre en serio y abordarse mediante los procedimientos de protección.
8.4 Daños a adultos en situación de riesgo
Las responsabilidades en materia de protección también se extienden a los adultos en situación de riesgo. Entre las formas de daño que pueden afectar a los adultos en situación de riesgo se incluyen: la explotación económica; el abuso psicológico; el abuso discriminatorio; el abandono o el autoabandono; y la coacción o la manipulación. El personal debe informar de cualquier situación preocupante relacionada con adultos en situación de riesgo de la misma manera que lo haría con las situaciones de protección que afecten a niños.
9. Gestión de las revelaciones, inquietudes y denuncias
9.1 Cuestiones de menor importancia
Una inquietud de bajo nivel se refiere a un comportamiento por parte de un adulto que trabaja con estudiantes que, si bien puede ser incompatible con el código de conducta de la organización, no alcanza el umbral necesario para constituir una denuncia formal en materia de protección infantil. Estas inquietudes deben comunicarse al responsable de protección infantil (DSL) o a un directivo superior competente, registrarse y analizarse para identificar posibles patrones de comportamiento antes de que se agraven.
9.2 Gestión de una divulgación
Si un alumno hace una revelación, el personal debe: escuchar con atención y mantener la calma; tomarse en serio la revelación; evitar hacer preguntas capciosas o de investigación; tranquilizar al alumno y asegurarle que ha hecho lo correcto; y explicarle que será necesario compartir la información con el responsable de protección correspondiente. El personal no debe prometer confidencialidad ni intentar investigar el asunto por su cuenta.
Tan pronto como sea posible tras la revelación, el miembro del personal debe registrar la información con precisión y comunicar la inquietud al DSL.
9.3 Notificación de inquietudes relacionadas con la protección de menores
Todas las inquietudes de protección pueden ser reportadas directamente al Líder Designado de Protección (DSL) en el centro correspondiente, o enviadas al buzón de protección central del Grupo en safeguarding@malvernplc.com. Esta bandeja de entrada es monitoreada y clasificada por el Coordinador de Protección y Prevención del Grupo, quien es responsable de coordinar la respuesta del Grupo a todas las preocupaciones recibidas a través de este canal. El Director de Operaciones (COO), como Patrocinador Ejecutivo de Protección, tiene acceso de supervisión a esta bandeja de entrada. Al recibir un informe, el Coordinador acusará recibo, evaluará la inquietud y se comunicará con el DSL correspondiente, la dirección del centro y, cuando sea necesario, con agencias externas, de acuerdo con esta política. Todos los informes presentados a través de esta bandeja de entrada se tratan como documentos de protección confidenciales y se manejan de acuerdo con las obligaciones de protección de datos del Grupo.
Se recuerda al personal que, si se cree que un niño se encuentra en peligro inmediato, se debe llamar primero a los servicios de emergencia (999). El buzón de protección infantil no sustituye el contacto directo con el responsable de protección infantil (DSL) en situaciones urgentes.
La guía detallada sobre cómo elaborar un informe, incluyendo qué información incluir y los puntos importantes a hacer y evitar, se expone en el Anexo G: Cómo informar de una preocupación de protección.
9.4 Gestión de las denuncias que involucran al personal
Las denuncias de que un miembro del personal se haya comportado de una manera que haya perjudicado a un alumno, pueda haberlo perjudicado, pueda haber cometido un delito contra un alumno o se haya comportado de una manera que indique que podría no ser apto para trabajar con niños deben tomarse en serio y comunicarse de inmediato al DSL o al directivo superior correspondiente.
Cuando las alegaciones alcanzan el umbral de daño de protección, la organización debe contactar al Oficial de Designación de la Autoridad Local (LADO) dentro de un día hábil. El LADO debe estar involucrado en todos los casos en los que se haga una alegación contra una persona que trabaja con niños y la alegación alcance el umbral de daño. Los datos de contacto del LADO para la autoridad local correspondiente deben registrarse en esta política y mantenerse accesibles para el DSL en todo momento. Consulte el anexo G.6 para ver los contactos del LADO en cada sitio.
Las medidas pertinentes pueden incluir la suspensión temporal de las funciones cuando sea necesario, investigaciones internas en materia de protección y la remisión a organismos externos de protección o a las autoridades policiales, según corresponda. La organización se asegurará de que las denuncias se gestionen de manera justa y de conformidad con los procedimientos de protección y las políticas de empleo.
9.5 Ayuda temprana y trabajo interinstitucional
Cuando sea necesario, la organización podrá colaborar con las autoridades locales encargadas de la protección de menores, los servicios sociales, la policía, los profesionales de la salud y las instituciones asociadas. Una intervención temprana puede ayudar a evitar que los problemas se agraven y garantizar que los estudiantes reciban el apoyo adecuado. La organización se compromete a cooperar con las autoridades encargadas de la protección de menores y a respaldar los enfoques interinstitucionales para proteger a los niños y adultos en situación de riesgo.
10. Mantenimiento de registros y almacenamiento de información
El mantenimiento preciso y seguro de los registros es un componente esencial de unas prácticas de protección eficaces. Todos los registros de protección deben gestionarse de conformidad con las obligaciones de protección de datos de la organización y la legislación pertinente en materia de protección.
10.1 Qué se debe registrar
Todas las inquietudes, deliberaciones y decisiones tomadas, así como los motivos de dichas decisiones, deben quedar registrados por escrito. Esto también resultará útil a la hora de responder a cualquier queja sobre la forma en que se ha gestionado un caso. Los registros deben incluir:
- un resumen claro y completo del asunto
- detalles sobre cómo se hizo el seguimiento de la inquietud y cómo se resolvió
- una nota sobre las medidas adoptadas, las decisiones tomadas y el resultado
- las razones de las decisiones tomadas, incluidas las decisiones de no recurrir a servicios sociales para menores
De acuerdo con el KCSIE 2025, es una buena práctica —y algo que esperan los inspectores del ISI— mantener las inquietudes y las derivaciones en un expediente de protección infantil INDEPENDIENTE para cada niño. Este expediente debe conservarse por separado del expediente principal del alumno. El acceso debe estar restringido al DSL, al(a) o a los/las DSL adjunto(s) y al/a la coordinador/a de protección y prevención del grupo, según corresponda.
10.2 Ubicación y seguridad de los registros
Los registros de protección deben almacenarse de forma segura, ya sea en un sistema digital de protección de acceso restringido o en un lugar físico seguro donde se controle el acceso. El acceso a los registros de protección está restringido al responsable de protección infantil (DSL), a los responsables adjuntos (Deputy DSL) y al coordinador de protección y prevención del grupo.
10.3 Transferencia de expedientes de protección infantil
Cuando un estudiante se transfiere a otra escuela o colegio, el DSL (Designated Safeguarding Lead - Responsable Designado de Protección) debe asegurarse de que el expediente de protección del menor se transfiera a la institución receptora lo antes posible, y: (a) dentro de los 5 días hábiles para una transferencia durante el curso escolar; o (b) dentro de los primeros 5 días del inicio de un nuevo trimestre. El expediente debe enviarse POR SEPARADO del expediente principal del estudiante, directamente al DSL de la institución receptora. Cuando un estudiante se transfiere, el DSL también debe considerar si sería apropiado compartir alguna información con la nueva escuela o colegio antes de la fecha de inicio, especialmente cuando existen preocupaciones continuas.
10.4 Solicitudes de divulgación de información
La información sobre protección infantil es sensible y confidencial. La información relacionada con cuestiones de protección infantil solo se compartirá cuando sea necesario para proteger la seguridad y el bienestar de un estudiante o para cumplir con obligaciones legales. Las solicitudes de acceso de los interesados (DSAR) se gestionarán de acuerdo con los procedimientos de protección de datos de la organización, prestando la debida atención a la protección de la confidencialidad y la seguridad de las personas afectadas.
Las solicitudes pueden presentarse en gdpr@malvernplc.com.
10.5 Cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos
La organización trata la información relativa a la protección de menores de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos del Reino Unido (RGPD del Reino Unido) y la Ley de Protección de Datos de 2018. Los datos personales se tratan de forma lícita, leal y transparente; la información se recopila únicamente con fines legítimos relacionados con la protección de menores; el acceso está limitado al personal autorizado; y los registros de protección de menores se conservan de acuerdo con las políticas de conservación de datos de la organización.
11. Revisión, seguimiento y cumplimiento de las políticas
11.1 Revisión de políticas
Esta Política de protección y prevención se revisará anualmente, o antes si fuera necesario debido a cambios en la legislación o las directrices legales en materia de protección, cambios organizativos, incidentes relacionados con la protección o riesgos emergentes, o actualizaciones de las directrices gubernamentales pertinentes. Esta política debe revisarse y actualizarse cada mes de septiembre para adaptarla a cualquier nueva versión del documento «Keeping Children Safe in Education».
Las revisiones de las políticas serán coordinadas normalmente por el coordinador del Grupo de Protección y Prevención, en consulta con los responsables designados de protección y la alta dirección. Las modificaciones de la política deben ser aprobadas a través del marco de gobernanza de la organización.
11.2 Seguimiento y supervisión
Las medidas de protección se supervisan mediante los informes de protección presentados por los responsables designados (DSL), el análisis de los registros y las tendencias en materia de protección, el control del cumplimiento de la formación en protección, las revisiones o auditorías internas de cumplimiento, y los comentarios del personal y los estudiantes.
11.3 Gobernanza y presentación de informes
La supervisión de protección se mantiene a través de la estructura de gobierno de la organización. El Director de Operaciones (COO) actúa como Patrocinador Ejecutivo para Protección y Prevención. Los asuntos significativos de protección pueden ser informados a la Junta Ejecutiva de Malvern International PLC como parte de los procesos de gobernanza y gestión de riesgos de la organización.
11.4 Mejora continua
Las lecciones aprendidas de los incidentes relacionados con la protección, las revisiones internas o las orientaciones externas se utilizarán para reforzar los procedimientos de protección, mejorar la capacitación del personal y fortalecer la cultura general de protección dentro de la organización. Se anima a todo el personal a contribuir a las mejoras en materia de protección planteando sus inquietudes, compartiendo sus comentarios y apoyando la implementación efectiva de los procedimientos de protección.
Aprobación de la política